miércoles, 16 de noviembre de 2011

Solicitud de información

Bucaramanga, noviembre 15 de 2011




Doctor
LUIS EDUARDO RODRIGUEZ PINZON
Director de Tránsito de Floridablanca
Cll 9 N 8-14 Floridablanca
Presente.


Ref:  Solicitud de información  licitación Proceso Número 001 DE 2011CONTRATAR MEDIANTE LA MODALIDAD DE CONCESIÓN A 15 AÑOS, LA: ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN, PARA EL SUMINISTRO, IMPLEMENTACIÓN, MONTAJE, PROGRAMACIÓN, OPERACIÓN, ADMINISTRACIÓN, MANTENIMIENTO, EXPANSIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO EXCLUSIVO DE DETECCIÓN ELECTRÓNICA DE INFRACCIONES DE TRÁNSITO PARA LA CIUDAD DE FLORIDABLANCA SANTANDER, ASÍ COMO EL ACOMPAÑAMIENTO Y GESTIÓN AL COBRO COACTIVO Y TODO LO RELACIONADO CON LA PRUEBA DE LA INFRACCIÓN, RECAUDO DE LAS MULTAS CORRESPONDIENTES Y DE LOS RECURSOS MEDIANTE COBRO PRE JURÍDICO Y COACTIVO CON EXCEPCIÓN DE LA REGULACIÓN, EL CONTROL, VALORACIÓN DE PRUEBAS, LA VIGILANCIA Y LA ORIENTACIÓN DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA, QUE CORRESPONDERÁ EN TODO MOMENTO, DENTRO DEL MARCO LEGAL A LA AUTORIDAD O ENTIDAD PÚBLICA (DTTF) TITULAR DE LA FUNCIÓN LA QUE, EN CONSECUENCIA, DEBERÁ IMPARTIR LAS INSTRUCCIONES Y DIRECTRICES NECESARIAS PARA SU EJERCICIO.



Cordial y Respetuoso saludo Dr. Rodríguez:

En desarrollo de la labor de control social a la licitación Pública 04 de 2011 publicada por la Dirección de Tránsito de Bucaramanga y descartada mediante Resolución 696 de 2011, se advirtió que los estudios previos y proyecto de pliego de condiciones de la misma son casi idénticos a los publicados por la entidad a su cargo en la licitación de la referencia.  

La consulta en el SECOP sobre procesos similares realizados en el país arrojó como resultado que el Instituto Departamental de Transporte y  Tránsito del Atlántico realizó entre mayo y agosto del presente año una licitación con el siguiente objeto: “CELEBRAR CONTRATO  DE CONCESIÓN PARA LA  ORGANIZACIÓN, GESTIÓN PARCIAL, SUMINISTRO, IMPLEMENTACIÓN, MONTAJE, PROGRAMACIÓN, OPERACIÓN, ADMINISTRACIÓN, MANTENIMIENTO, EXPANSIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE DETECCIÓN ELECTRÓNICA DE INFRACCIONES DE TRÁNSITO EN EL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO, ASÍ COMO EL ACOMPAÑAMIENTO Y GESTIÓN AL COBRO COACTIVO Y TODO LO RELACIONADO CON LA PRUEBA DE LA INFRACCIÓN, RECAUDO DE LAS MULTAS  CON EXCEPCIÓN DE LA REGULACIÓN, EL CONTROL, VALORACIÓN DE PRUEBAS, LA VIGILANCIA Y LA ORIENTACIÓN DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA, QUE CORRESPONDERÁ EN TODO MOMENTO AL INSTITUTO DE TRANSITO DEL ATLANTICO.”

La comparación entre los documentos del proceso licitatorio de la entidad a su cargo y los de Bucaramanga y el Instituto de Tránsito del Atlántico, permite concluir que comparten el mismo contenido, el cual simplemente es adaptado al nombre de la entidad y objeto de modificaciones mínimas.

Además se observa que los estudios previos de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga están suscritos  por GERARDO HERNANDEZ BARAJAS, Comandante del Grupo Control Vial, con visto bueno de SAUL RAMON VERGEL, Subdirector Técnico y en el caso del Instituto  Departamental de Transporte y  Tránsito del Atlántico los estudios previos están suscritos por la Directora General y dos funcionarios más.  En el caso de Floridablanca ningún funcionario o contratista suscribe los estudios previos y en las audiencias de aclaración de pliegos y asignación de riesgos no se registra la presencia de funcionarios o contratistas en calidad de estructuradores técnicos del proceso.

Las consideraciones anteriores generan duda sobre el cumplimiento de  lo dispuesto en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 87 de la Ley 1474 de 2011,  normas que obligan a las entidades públicas a agotar la etapa de planeación del proceso contractual, para lo cual deben elaborar los estudios, diseños y proyectos requeridos que permitan determinar la conveniencia del contrato a celebrarse.  Esta actividad de planeación corresponde exclusivamente a la entidad contratante y reviste mayor importancia en el proceso de la referencia por tratarse de una concesión, la cual además requiere de la elaboración de un modelo financiero que no se publica  pero sirve para su estructuración , conforme lo dispone el numeral 4 del Artículo 3 del Decreto 2474 de 2008.

Por lo anterior y con el fin de verificar el cumplimiento del principio de economía a que hace referencia el artículo 25 de la Ley 80 de 1993,  de manera respetuosa solicitamos lo siguiente:

1.       Sin revelar el modelo financiero utilizado se informe los estudios, análisis técnicos, estimativos de infracciones realizados como soporte para la justificación del contrato a celebrarse.
2.      Se informe los funcionarios o contratistas que realizaron los estudios previos y la estructuración del pliego de condiciones.  
3.      Teniendo en cuenta que la portada de los estudios previos del proceso del Atlántico, publicados en el Portal Único de Contratación en mayo de este año,  y en los de Floridablanca, publicados por primera vez el 25 de enero de 2011, aparece como fecha de elaboración noviembre de 2010,  se informe si existió en 2010  algún convenio o acuerdo para compartir información entre las entidades mencionadas.
4.      Se informen las razones por las cuales los estudios previos y pliego de condiciones del proceso de la referencia,  presentan un modelo diferente al que habitualmente utiliza la Dirección de Tránsito de Floridablanca. 


Atentamente,



MARIA TERESA DUARTE SIERRA
Vocera

FUNDACION PARTICIPAR – CAMARA DE COMERCIO DE BUCARAMANGA-  ANDI - SSI, CAMACOL – UIS – USTA – UNAB – UMB-ITAE- CORPORACION MI PAIS -  CONSEJOS  DEPARTAMENTAL Y MUNICIPAL DE PLANEACION, CORPORACION COMPROMISO- ACIEM- SCA- COMITÉ OBI- VEEDORES CIUDADANOS 

martes, 18 de octubre de 2011

CONSTRUCCIÓN DE DOS (2) POLIDEPORTIVOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS LA LOMA Y ROSA BLANCA


Bucaramanga, octubre 18 de 2011




Doctora
ADRIANA DIAZ PADILLA
Alcaldesa Municipal
Presente.




Ref:  Observaciones procesos de selección abreviada de menor cuantía  
SAMC-OBR-048-2011
 para  la CONSTRUCCIÓN DE DOS (2) POLIDEPORTIVOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS LA LOMA Y ROSA BLANCA DEL MUNICIPIO DE LOS SANTOS y   SAMC-SUM-045-2011  PARA LA COMPRA DE TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE Y TUBERIA PARA ACUEDUCTO



Cordial y respetuoso saludo Señora Alcaldesa:

En calidad de vocera del Comité de Seguimiento al Pacto por la Transparencia de Santander y con el fin de promover los principios de la contratación administrativa, de manera atenta se formulan observaciones sobre los procesos indicados en la referencia, así:

1. OBSERVACIONES PROCESO SAMC-OBR-048-2011
 para  la CONSTRUCCIÓN DE DOS (2) POLIDEPORTIVOS EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS LA LOMA Y ROSA BLANCA

1.1 CAPACIDAD DE CONTRATACION Y CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN

El pliego de condiciones  exige  una capacidad residual de contratación como constructor de TRES MIL (3.000)  S.M.M.L.V.., y una Capacidad Residual de Contratación (Kr) igual o superior a DOS MIL QUINIENTOS (2.500) SMMLV. Es decir, que los interesados en el proceso deben demostrar una capacidad de contratación equivalente a 1.600 millones de pesos y una capacidad residual de 1340 millones de pesos, cuando el presupuesto oficial de la obra es de $124.600.000.

Sobre este punto se considera que las exigencias son demasiado altas frente al presupuesto de la obra, por lo cual se solicita dar cumplimiento al artículo 5 de la Ley 1150, según el cual los requisitos habilitantes deben guardar proporción con el objeto de la obra y su presupuesto.


1.2 EXPERIENCIA

Para acreditar la experiencia general se exige demostrar un contrato celebrado con el sector público en los últimos 3 años, cuyo objeto corresponda a construcción de obras de infraestructura educativa y su valor alcance el 150% del  presupuesto oficial.
Para acreditar la experiencia especifica se tendrán en cuenta máximo dos (2) contratos celebrados por el proponente para el sector público, durante los años 2009, 2010 y 2011, y que hayan tenido por objeto la construcción obras de infraestructura educativa, que incluyan la construcción de un polideportivo, y que como mínimo alcance el 200% del presupuesto oficial.

Al respecto se advierte que no hay una razón técnica para limitar la acreditación de experiencia a la ejecutada con el sector público o en los últimos 3 años. Tampoco se encuentra justificación a exigir experiencia en infraestructura educativa, cuando el objeto del contrato es la construcción de un polideportivo. Según esto quien haya construidos polideportivos en zonas de espacio público o dentro de conjuntos residenciales no están  habilitados para ejecutar la obra que se pretende contratar.


1.3 CAPACIDAD TECNICA:

Se exige acreditar una capacidad técnica de 200 puntos, es decir los proponentes deben haber reportado a la Cámara de Comercio entre 31 y 50 personas vinculadas a la actividad de construcción mediante una relación contractual. Lo anterior se considera desproporcionado frente al alcance de la obra.


1.4 CAPACIDAD FINANCIERA

Se exigen  600 puntos que equivale a demostrar mínimo un patrimonio superior a 740 millones, un endeudamiento por debajo de 39.99% y una liquidez de 1.5

No obstante se exige demostrar un capital de trabajo de 4 veces el presupuesto oficial, un patrimonio mínimo de 5 veces el presupuesto oficial, un endeudamiento igual o menor al 20%  y un índice de liquidez de 7.0

De acuerdo con el Decreto 1464 de 2010 el mayor puntaje por endeudamiento para constructores se asigna al rango entre 0 y 39.99% y el mayor puntaje por liquidez corresponde a 1.5. Por lo anterior exigir un endeudamiento por debajo de 20% y una liquidez de 7.0, desconoce los criterios técnicos aplicados al RUP y la obligación de formular pliegos objetivos, que incluyan requisitos habilitantes proporcionales al objeto y valor del contrato a celebrar.


1.5 EVALUACION TECNICA DE LAS PROPUESTAS

De acuerdo con el pliego de condiciones  se asignan 30 puntos al proponente que vincule personal  nativo del municipio de LOS SANTOS, y que actualmente labore en la jurisdicción del mismo, como son jornaleros, ayudantes.


De acuerdo con el numeral 3 del artículo 12 del Decreto 2474 de 2008,  en los procesos  de selección abreviada para la contratación de menor cuantía la oferta más ventajosa será la que resulte de aplicar la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas señaladas en el pliego de condiciones.

En el proceso en estudio se advierte que la vinculación de personal nativo de Los Santos no es un criterio que permitan calificar la calidad de la oferta y por tanto el pliego de condiciones desconoce el contenido del Decreto 2474.



2. OBSERVACIONES PROCESO SAMC-SUM-045-2011  PARA LA COMPRA DE TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE Y TUBERIA PARA ACUEDUCTO

Este proceso se adelanta bajo la modalidad de selección abreviada de menor cuantía, cuando los elementos a adquirir corresponden a materiales y herramientas de condiciones técnicas uniformes y de común utilización en la actividad de construcción, y por lo tanto la modalidad a utilizar debe ser la selección abreviada por subasta inversa.

De acuerdo con el pliego de condiciones los elementos a adquirir son:

81TANQUES 500LTS, CON ACCESORIOS
2 TANQUES 5000LTS CON ACCESORIOS
MATERIALES ACUEDUCTO PASOCHICO
200 TUBOS DE 2 PULGADAS RB 21 para agua potable
100 Uniones para Tubo de 2 pulgadas RB 21
2 Codos para Tubo de 2 pulgadas RB 21
2 GALONES DE PEGANTE para Tubo de 2 pulgadas RB 21
2 GALONES DE LIMPIADOR para  Tubo de 2 pulgadas RB 21
MATERIAL ACUEDUCTO LOS SANTOS CANTIDAD
 3 Tubo PVC de 8" RD 21
3 Unión de reparación PVC de 8" RD21
4 Unión de reparación PVC de 6"
3 Tubo PVC de 3" RDE 21 3Tubo de 2" de PVC RDE 21
2 Uniones de reparación de 3" RDE 21
3 Uniones de reparación de 2" RDE 21
3 Tubos PVC 3/4 Tipo pesado
10 Uniones corrientes de 1"
2 Llave de paso 3/4 de bola
5 Adaptadores Machos 3/4
10 Uniones PVC 3/4
3 Tubos PVC de 1/2
10 Uniones PVC de 1/2
1 Cuarto soldadura PVC
1 Cuarto limpiador PVC
5 Lubricantes para Unión Z (Libra)
12 Hojas de Cegueta
1 Lima de 2"
1 Barra de Pala Angosta
1 Varilla de 1" de 3 mts en Acero
2 Picas
2 palas
Cinceles de 30 cms


3. OBSERVACIONES GENERALES SOBRE LA ACTIVIDAD CONTRACTUAL DEL MUNICIPIO

3.1 NIVEL DE PARTICIPACION DE PROPONENTES:

Revisados  10 procesos de contratación de la presente vigencia se observa que en 8 participó un proponente, en un proceso 2 proponentes uno de los cuales fue inhabilitado y en un proceso participaron 3 proponentes, como puede observarse en la siguiente tabla:


PROCESO VIGENCIA 2011
NUMERO DE PROPONENTES
OBSERVACIONES
PROCESO No SAMC-OBR-036-2011
“CONSTRUCCIÓN DE BATERIAS SANITARIAS  PARA LAS ESCUELAS  SAN
RAFAEL, ESPINAL  ALTO SEDE H, LLANADAS SEDE F, LLANADAS SEDE I,
PASO CHICO DEL MUNICIPIO DE LOS SANTOS”
1
No se publicó resolución de adjudicación y contrato.
PROCESO No SAMC-OBR-029-2011
“CONSTRUCCIÓN DE PLACAS HUELLAS VEHICULARES EN LA
VEREDA EL POZO DEL MUNICIPIO LOS SANTOS – DEPARTAMENTO
DE SANTANDER”
1
No se publicó resolución de adjudicación y contrato.
Samc  “SUMINISTRO DE MATERIALES DE CONSTRUCCION PARA OBRAS VARIAS DEL
MUNICIPIO DE LOS SANTOS (SANTANDER)
1
Por el objeto del contrato el procedimiento a seguir era  selección abreviada por subasta inversa.
PROCESO SAMC-OBR-019-2011
“CONSTRUCCION DEL POLIDEPORTIVO DE LA ESCUELA RURAL EL REGADERO SEDE E
DEL CENTRO EDUCATIVO LA LAGUNA DEL MUNICIPIO DE LOS SANTOS DEPARTAMENTO
DE SANTANDER”
1
No se publicó resolución de adjudicación y contrato.
“CONSTRUCCION DE AULAS DE INFORMATICA Y SALON DE CLASE PARA LA VEREDA EL
REGADERO, PARA EL BIENESTAR DE LA NIÑEZ DEL MUNICIPIO DE LOS SANTOS
SANTANDER”
1
No se publicó acta de audiencia de riesgos,
No se publicó el acta de la audiencia de adjudicación, resolución de adjudicación ni contrato
PROCESO SAMC-OBR-015-2011
“CONSTRUCCION DE SALON ESCUELA LA MOJARA Y REMODELACION PARA LA ESCUELA
LA LAGUNA  DEL   MUNICIPIO DE LOS SANTOS”.
2   ( 1 resulto no admisible)
No se publicó acta de audiencia de riesgos,
No se publicó el acta de la audiencia de adjudicación,  resolución de adjudicación ni contrato
PROCESO DE LICITACION PUBLICA No. LP-COM-014-2011
“ADQUISICIÓN DE UNA RETROEXCAVADORA SOBRE ORUGAS NUEVA PARA EL
MANTENIMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA MALLA VIAL DEL MUNICIPIO DE LOS
SANTOS.
1
No se publicó acta de audiencia de riesgos,
No se publicó el acta de la audiencia de adjudicación,  resolución de adjudicación ni contrato
“SUMINISTRO DE 167325 RACIONES  ALIMENTARIAS DIARIAS PARA LOS 2.231ESTUDIANTES BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA DE
ALIMENTACION Y NUTRICION   PAN    POR EL TERMINO DE 75 DIAS CALENDARIO ESCOLAR EN LAS DIFERENTES INSTITUCIONES
EDUCATIVAS DEL MUNICIPIO DE LOS SANTOS  - SANTANDER”.
1


Se publicó la Resolución de adjudicación y no el acta de la audiciencia.
No hay acta de audiencia de asignación de riesgos
No se publicó contrato
PROCESO SAM-COMP-09-2011
“COMPRA DE MOBILIARIO PARA LA DOTACION Y MEJORAMIENTO DE LAS DIFERENTES
DEPENDENCIAS DE LA PLANTA FISICA DE LA ALCALDIA DE LOS SANTOS – SANTANDER”
3
Se publicó hasta el informe de verificación de requisitos, no se informó el  resultado de los criterios de calificación.
 LP-OBR-01-2011
CONSTRUCCION II FASE PALACIO MUNICIPAL DE LOS SANTOS SANTANDER
1
No se publicó el contrato y transcurridos 5 meses desde el vencimiento del plazo de ejecución no se ha publicado el acta de liquidación.

3.2 PUBLICIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS EN EL SECOP
Se advierte que el Municipio no da cumplimiento al artículo 8 del Decreto 2474 de 2008, en el cual se señalan los documentos que deben publicarse en el SECOP, entre ellos Acta de audiencia en licitaciones públicas, contrato y liquidación del mismo en todos los casos.

4. SOLICITUDES:

Por lo arriba indicado se solicita respetuosamente:
1.      Revocar los actos de apertura de los proceso de la referencia y proceder a ajustar los pliegos de condiciones al objeto y valor de los contratos a celebrar y a las normas de contratación estatal indicadas, con el fin de facilitar la participación de interesados y cumplir con los principios de transparencia y legalidad.
2.      Ordenar a quien corresponda la publicación de  la totalidad de los documentos de cada proceso publicado en el SECOP durante la vigencia 2011, con el fin de facilitar el control social a los mismos.



Atentamente,



MARIA TERESA DUARTE SIERRA
Vocera

lunes, 14 de marzo de 2011

CARTA OBSERVACIONES A PROCESO DE CONTRATACIÓN DE LA CONTRALORÍA DE BUCARAMANGA

Bucaramanga,  marzo 14 de 2011

Doctora
SONIA VALDIVIESO ARDILA
Directora Administrativa y Financiera
Contraloría Municipal de Bucaramanga
Presente.

Ref:  Observaciones proyecto de pliego de condiciones procesos de selección abreviada.

En desarrollo de la labor de promoción de las normas y principios de la contratación que adelanta el Comité de Seguimiento al Pacto por la Transparencia de Santander, de manera respetuosa procedo a presentar observaciones al proyecto de pliegos de los siguientes procesos:

SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA  DAYF 010-2011 SUMINISTRO DE PAPELERIA Y UTILES DE ESCRITORIO, PARA EL SERVICIO DE CONTRALORÍA MUNICIPAL DE BUCARAMANGA DE ACUERDO CON LOS REQUERIMIENTOS Y CANTIDADES SOLICITADAS POR LA ENTIDAD

1.    De acuerdo con el anexo No. 3  se observa que el objeto del contrato se ajusta a suministro de bienes de condiciones técnicas uniformes y por tanto el proceso a seguir corresponde a una selección abreviada por subasta inversa.

2.    El cronograma publicado debe ajustarse en los siguientes puntos: 

·         El plazo para manifestación de interés corresponde a los 3 días hábiles siguientes a la fecha de apertura.  En caso de que el proceso de cambie a selección abreviada por subasta la manifestación de interés no aplica.
·         El traslado del informe evaluativo debe realizarse por 3 días hábiles, según numeral 6 del artículo 9 del Decreto 2025 de 2009, tal como lo establece el numeral 2.12 del proyecto de pliegos.

3.    En el numeral 3.2.1 relacionado con el requisito habilitante de experiencia, se observa que se hace referencia a la asignación de un puntaje, lo cual está prohibido en virtud del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007.

4.    En los criterios de evaluación se hace referencia a la experiencia, la cual es requisito habilitante y no otorga puntaje. De otra parte por tratarse de bienes de condiciones técnicas uniformes el criterio a calificar es precio.

5.    Al criterio de calificación calidad se le otorgan: 20 puntos por cada certificación de la calidad de los productos ofrecidos hasta completar 100 puntos, sin señalar el término mínimo de la garantía y sobre cuáles de los 39 productos requeridos se ofrece la garantía.

6.    En los criterios de desempate incluidos en el numeral 4.5 del proyecto de pliego, no se tuvo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 2473 de 2010.

7.    Los estudios previos y el aviso de convocatoria publicados corresponden al proceso  de remodelación de divisiones.

SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA   DAYF 009-2011REMODELACION DE DIVISIONES Y PUESTOS DE TRABAJO, PARA LAS INSTALACIONES DE LA CONTRALORIA MUNICIPAL DE BUCARAMANGA.

1.      Se sugiere ajustar el cronograma en los términos indicados en el proceso anterior.

2.      En la experiencia específica debe demostrarse con  contratos de proyectos relacionados con cableado estructurados y/o ejecución de proyectos ejecutados bajo parámetros de energía de calidad por tratarse el objeto de la presente contratación de la adecuación de puestos de trabajo. 

Sobre esta exigencia se observa que no corresponde al objeto del contrato,  de acuerdo con las exigencias técnicas incluidas en el proyecto de pliegos.

Teniendo en cuenta que el pasado 29 de diciembre se adjudicó el contrato para la actualización del cableado estructurado de las instalaciones del la Contraloría, el cual incluía especificaciones relacionadas con los puestos de trabajo, no es lógico que el nuevo proceso en curso también incluya actividades de cableado. 

3.      En los criterios de desempate  no se tuvo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 2473 de 2010.

4.      En el aviso de convocatoria no se da aplicación al Decreto 3806 de 2009.

OBSERVACIONES SOBRE PROCESOS YA CONCLUIDOS

En la SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA No. DAyF – 019 de 2010 para la ACTUALIZACION DEL CABLEADO ESTRUCTURADO se otorgó puntaje por certificados de gestión de calidad, lo cual está prohibido en virtud del parágrafo 2 del Artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 y no se dio aplicación al Decreto 3806 de 2009.

SOLICITUD

Por lo expuesto, se solicita ajustar los procesos en curso a las normas indicadas y se sugiere, con todo respeto, realizar una actualización en contratación estatal para los funcionarios estructuradores de pliegos. 

Atentamente,
MARIA TERESA DUARTE SIERRA
Vocera