jueves, 17 de junio de 2010

CARTA SECRETARIO DE GOBIERNO DE BUCARAMANGA, REFRIGERIOS ESCOLARES

Bucaramanga, junio 17 de 2010


Doctor
LUIS ALFONSO MONTERO LUNA
Secretario de Educación
Alcaldía de Bucaramanga.
Presente.

Ref: Licitación pública refrigerio escolar.

Cordial y respetuoso Saludo Señor Secretario:

En consideración a que según el cronograma del proceso de la referencia, el plazo para presentación de propuesta vence mañana y aún no se ha dado respuesta a todas la inquietudes planteadas en la audiencia de aclaración de pliegos, de manera atenta me permito solicitar se publiquen las respuestas pendientes y el nuevo cronograma o en su defecto se suspenda el proceso hasta que se realicen las mencionadas publicaciones.

Así mismo y teniendo en cuenta que en las respuestas a las observaciones al proyecto de pliego se señaló:

“Los 40 Kcal asignadas a la bienestarina no serán tenidas en cuenta en la evaluación, los menús se deben presentar con el total de los refrigerios nutricionales tipo A: 510 Kcal para los escolares de de 9 a 12 años y tipo B: 450 Kcal para los escolares de 5 a 9 años, una vez se inicie el contrato con el ICBF se remplazan las 40 kilocalorías asignadas a la bienestarina”

Se solicita respetuosamente informar:

1. Si a la fecha ya se cuenta con el convenio con el ICBF para el suministro de bienestarina .

2. Si los proponentes deben ofertar refrigerios de 510 y 450 kcal y durante la ejecución del contrato parte de estas Kcal serán reemplazadas por el aporte de bienestarina, el cual es gratuito.

3. Cómo se manejará el equilibrio contractual a favor del Municipio, cuando se empiece a entregar la bienestarina. Es claro que si el oferente suministra la totalidad de las 510 y 450 kcal es a un costo, y si parte de esas calorías son suministradas por el Municipio el precio debe bajar y por lo tanto quedar un saldo a favor de la entidad.

4. Cómo justifica la entidad la modificación de las condiciones contractuales una vez adjudicado el contrato, si existe la obligación incluir en los pliegos de condiciones los requisitos objetivos necesarios para participar en el correspondiente proceso de selección y definir las reglas objetivas, justas, claras y completas que permitan la confección de ofrecimientos de la misma índole. (Numeral 5, artículo 24 Ley 80 de 1993)

Atentamente,

MARIA TERESA DUARTE SIERRA
Vocera

FUNDACION PARTICIPAR – CAMARA DE COMERCIO DE BUCARAMANGA- ANDI - SSI, CAMACOL – UIS – USTA – UNAB – UMB-ITAE- CORPORACION MI PAIS - CONSEJOS DEPARTAMENTAL Y MUNICIPAL DE PLANEACION, CORPORACION COMPROMISO- ACIEM- SCA- COMITÉ OBI- VEEDORES CIUDADANOS.

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