martes, 4 de diciembre de 2012


Bucaramanga, Noviembre 26 de 2012


Doctor
ROBERTO ARDILA CAÑAS
Jefe Oficina Jurídica del Departamento
Gobernación de Santander

REF: SUBASTA INVERSA PRESENCIAL Número SA-0305

Cordial saludo,

El Comité TRANSPARENCIA POR SANTANDER, tiene como función principal ejercer vigilancia a la etapa precontractual, de los procesos de contratación pública adelantados por la Gobernación de Santander, la Alcaldía de Bucaramanga, las Alcaldías del Área Metropolitana de Bucaramanga y demás Entidades que manejen procesos públicos de Contratación.

De acuerdo con lo anterior y en ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución Política de Colombia y dando especial cumplimiento a la Ley 850 de 2003, nos permitimos realizar las siguientes observaciones al proceso de la referencia cuyo objeto es “DOTACION DE EQUIPO DE COMPUTO PARA APOYO A LA REGISTRADURIA DEL ESTADO CIVIL PARA EL DESARROLLO DE LAS CONSULTAS POPULARES INTERPARTIDISTAS” en interés de la correcta aplicación de las normas de contratación administrativa:

PRIMERA:

Teniendo en cuenta la adenda publicada el día 23 de noviembre a la 5 y 56 p.m, y las respuestas dadas a las observaciones presentadas en la audiencia de aclaración de pliegos, en donde no se tendrían en cuenta las características señaladas en la FICHA TÉCNICA, para efectos del Antivirus, siempre y cuando, éste brinde una protección efectiva contra el ataque de cualquier tipo de virus, me permito solicitar que sea eliminado el siguiente requisito:

“Se debe indicar el técnico a cargo de la instalación y soporte del antivirus quien debe estar vinculado directamente por la empresa proponente, adicionalmente el técnico debe estar certificado directamente por el fabricante en el área técnica.
El proponente debe ser Enterprise sales manager con categoría register y estar autorizado para comercializar el antivirus para el cual se debe adjuntar la certificación emitida por el fabricante"

La anterior solicitud se hace ya que este requisito es innecesario pues no le da un valor adicional a la oferta y si continua limitando la participación de posibles oferentes, pues las características de la FICHA TÉCNICA cambiaron en cuanto a lo relacionado al antivirus.

SEGUNDA:

Le Entidad no dio respuesta a la solicitud planteada por el Comité TRANSPARENCIA POR SANTANDER en la Audiencia de Aclaración de Pliegos, en cuanto a que sea la REGISTRADURIA, quien emita un concepto técnico respecto del Antivirus.



Atentamente,




MARÍA JULIANA ACEBEDO ORDÓÑEZ
Vocera



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