lunes, 17 de septiembre de 2012

Bucaramanga, septiembre 4 de 2012

Doctor
JAVIER URIBE MOTTA
Alcalde Municipio de Lebrija
Lebrija


REF: LICITACIÓN PÚBLICA LP-001-12

Cordial saludo,

El Comité TRANSPARENCIA POR SANTANDER, tiene como función principal, ejercer      vigilancia                 a         la       etapa precontractual  de            los  procesos              de contratación  pública  adelantados  por  la  Gobernación  de  Santander, Alcaldía       de       Bucaramanga,                 Alcaldías     del       Área Metropolitana    de Bucaramanga y demás  Entidades que manejen procesos blicos de Contratación.

De acuerdo a lo anterior y en ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución Política de Colombia, y dando especial cumplimiento a la Ley 850 de 200 nos permitimos hacer las  siguientes observaciones a la LICITACIÓN PÚBLICA LP-001-12  cuyo objeto es                                                                                                “Mantenimiento de vías terciarias del Municipio de Lebrija”



 

PRIMERA:
3.3 SEGUNDO COMPONENTE: FACTORES TÉCNICOS Y ECONÒMICOS DE ESCOGENCIA

3.3.1 Factor Técnico (A) – Experiencia Específica del proponente.

El proponente debe acreditar como requisito habilitante en su propuesta, que cuenta con experiencia específica en:

Mantenimiento y/o construcción de vías

La experiencia específica debe ser acreditada con la EJECUCIÓN DE MÁXIMO:

CINCO CONTRATOS

terminados en los últimos

DIEZ AÑOS

Contados estos a partir de la fecha establecida para el cierre del término para presentar propuestas y cumplir también las siguientes condiciones:
La suma de los contratos debe ser igual o superior al PO

Para demostrar la experiencia especifica el proponente debe presentar con su propuesta el FORMATO DE EXPERIENCIA debidamente diligenciado e indicado en él toda la información allí solicitada. Así mismo, debe anexar la documentación adecuada y pertinente, que acredite clara y verazmente la relación de los contratos relacionados, cuyo número debe ser el máximo el señalado en el inicio del presente numeral.

Los documentos de los contratos presentados y aportados con la propuesta, que acredita los relacionados en el FORMATO deben permitir al Comité Asesor y Evaluador realizar eficazmente la verificación y evaluación del factor técnico establecido en este numeral. 



Para que la propuesta sea considerada favorable para otorgarle los puntajes a continuación señalados, debe demostrar que cumple con los requisitos mínimos exigidos en este numeral, de lo contrario, la propuesta quedará incursa en causal de rechazo y por ende, no continuará en las siguientes etapas del proceso.

El Comité Asesor y Evaluador, de acuerdo al cumplimiento de los requisitos indicados, asignará a cada propuesta, el puntaje a continuación señalado.

Cumpliendo con lo establecido en el numeral 3.3.3 y si  la sumatoria del valor de los contratos que se acredita expresado en SMMLV a la fecha de su terminación es igual o superior a




UNA (1) VEZ EL POE y menor a (1,5) VECES EL VALOR DEL PO
Tendrá un puntaje de
100 puntos

Cumpliendo con lo establecido en el numeral 3.3.1 y si la sumatoria del valor de los contratos que acredita que acredita expresado en SMMLV a la fecha de su terminación es igual o superior a
UNO PUNTO CINCO (1.5) VECES EL VALOR DEL POE y menor a DOS (2) 
VECES EL VALOR DEL POE
Tendrá un puntaje de
200 puntos

Si alguno de los contratos que presenta y que está terminado o liquidado y su objeto tiene relación o dentro de las actividades ejecutó la ATENCIÓN DE OBRAS DE EMERGENCIA EN CARRETERAS QUE INCLUYA REMOCIÓN DE DERRUMBES CON RETIRO MAYOR A 2000 MS iniciado dentro de los cinco (05)años anteriores a la fecha de cierre de la presente convocatoria, obtendrá el siguiente puntaje.
Tendrá un puntaje de 
200 puntos

Si alguno de los contratos que presenta y que está terminado o liquidado y su objeto tiene relación, o dentro de las actividades ejecutó el MANTENIMIENTO DE VÍAS QUE INCLUYA PERFILADO Y CUNETEO CON LONGITUD MAYOR A 10 RMS iniciado dentro de los cinco (05) años anteriores a la fecha de cierre de la presente convocatoria obtendrá el siguiente puntaje:
Tendrá un puntaje de
200 puntos




Consideramos que los requisitos adicionales exigidos dentro del numeral
3.3.1. Factor Técnico (A) Experiencia Específica del proponente, (texto subrayado), limitan la participación a un grupo muy reducido de posibles oferentes, por lo tanto, solicitamos que sean eliminadas las condiciones específicas expuestas, garantizando  a la pluralidad de oferentes.                                                                                            En caso de mantenerse dichos requisitos se estaría limitando así el Principio de Contratación Estatal de Selección Objetiva de Contratistas (Art. 24 y
29 Ley 80 de 1993)


SEGUNDA:


 
Sugerimos respetuosamente que se evalúe el nivel de endeudamiento del proceso de la referencia, y sea ajustado de la siguiente forma:

SI es persona natural o jurídica: NE = PT /AT ≤ 0.6
Si es consorcio o Unión Temporal:

NE = PTi /ATi ≤ 0.6



De  acuerdo  a  lo  anterior,  solicitamos  se  sirvan  tener  en  cuenta  los planteamiento realizados al nivel de endeudamiento, a fin de que se pueda  adelantar  el  proceso  de  contratación  con  índices  financieros proporcionales a la naturaleza y la cuantía del contrato que se pretende suscribir, en cumplimiento de los postulados legales que propenden por una mayor convocatoria y participación, que  finalmente redunda en mayores beneficios para la entidad, sin representar esto  ningún tipo de desequilibrio para el proceso de la referencia.
Atentamente, Original
Firmado
MARÍA JULIANA ACEBEDO ORDÓÑEZ
Vocera

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