Bucaramanga, agosto 28 de 2012
Señores
METROLÍNEA S.A.
Oficina Jurídica
Autopista Floridablanca No 86-30 edificio
administrativo
Floridablanca
REF: LICITACIÓN PÚBLICA IPU-004-2012
Cordial saludo,
El Comité TRANSPARENCIA
POR SANTANDER, tiene como función principal, ejercer vigilancia a la etapa
precontractual de los procesos de contratación pública adelantados por la
Gobernación de Santander, Alcaldía de Bucaramanga, Alcaldías del Área
Metropolitana de Bucaramanga y demás Entidades que manejen procesos públicos de
Contratación.
De acuerdo a lo
anterior y en ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución Política
de Colombia, y dando especial cumplimiento a la Ley 850 de 2003 nos permitimos
hacer las siguientes observaciones a la LICITACIÓN PÚBLICA IPU-004-2012 cuyo
objeto es “RECUPERACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA MALLA VIAL URBANA POR DONDE
CIRCULARÁN LAS RUTAS ALIMENTADORAS DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO
EN EL MUNICIPIO DE FLORIDABLANCA, EN LOS SECTORES INDICADOS POR LA DIRECCIÓN DE
INFRAESTRUCTURA DE METROLÍNEA S.A.”:
“2.13.4.1
Experiencia General del Proponente.
El proponente deberá
demostrar como experiencia general, la acreditación de ejecución de UN (1) contrato,
cuyo objeto o alcance contemple la pavimentación y/o rehabilitación y/o
mantenimiento y/o mejoramiento de vías. Dentro del desarrollo del contrato se
debe demostrar la instalación de mínimo 2.000 m3 de mezcla densa en caliente
tipo MDC 2 y/o MDC-3 compactada. El valor del contrato deberá ser igual o
superior al presupuesto oficial del presente proceso licitatorio. Se podrá
acreditar con acta parcial de obra debidamente diligenciada y aprobada por la
Interventoría. La iniciación del mismo debe encontrarse dentro de los
últimos DOS (2) años, contados a partir del 1 de Abril de 2010.
“2.13.4.2
Experiencia Específica del Proponente.
El proponente deberá
demostrar como experiencia Específica, la acreditación de ejecución de UN (1)
contrato, cuyo objeto o alcance contemple la pavimentación y/o rehabilitación
y/o mantenimiento y/o mejoramiento de vías urbanas(Ver nota 10). Dentro del
desarrollo del contrato se debe demostrar la instalación de mínimo2.500 m3 de
mezcla densa en caliente tipo MDC 2 y/o MDC-3 compactada. El valor del contrato
deberá ser igual o superior al presupuesto oficial del presente proceso
licitatorio. Se podrá acreditar con acta parcial de obra debidamente
diligenciada y aprobada por la Interventoría.
La iniciación del
mismo debe encontrarse dentro de los últimos DOS (2) años, contados a partir
del primero (1) de Abril de 2010.
Con la única
finalidad de dar una mayor transparencia al proceso de la referencia y
garantizar una mayor concurrencia de oferentes, sugerimos que en los mencionados
numerales, se amplíe a tres (3) el número de contratos por certificar, cuya
sumatoria debe ser igual o superior al presupuesto oficial del proceso de la
referencia. En caso de mantenerse dicho requisito se estaría limitando así el
Principio de Contratación Estatal de Selección Objetiva de Contratistas (Art.
24 y 29 Ley 80 de 1993) que en el mencionado numeral, se amplíe la acreditación
en por lo menos 3 contratos.
Atentamente,
MARÍA JULIANA ACEBEDO ORDÓÑEZ
Vocera
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