lunes, 10 de septiembre de 2012




 Bucaramanga, agosto 28 de 2012

Señores
METROLÍNEA S.A.
Oficina Jurídica
Autopista Floridablanca No 86-30 edificio administrativo
Floridablanca

REF: LICITACIÓN PÚBLICA IPU-004-2012

Cordial saludo,

El Comité TRANSPARENCIA POR SANTANDER, tiene como función principal, ejercer vigilancia a la etapa precontractual de los procesos de contratación pública adelantados por la Gobernación de Santander, Alcaldía de Bucaramanga, Alcaldías del Área Metropolitana de Bucaramanga y demás Entidades que manejen procesos públicos de Contratación.
De acuerdo a lo anterior y en ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución Política de Colombia, y dando especial cumplimiento a la Ley 850 de 2003 nos permitimos hacer las siguientes observaciones a la LICITACIÓN PÚBLICA IPU-004-2012 cuyo objeto es “RECUPERACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA MALLA VIAL URBANA POR DONDE CIRCULARÁN LAS RUTAS ALIMENTADORAS DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO EN EL MUNICIPIO DE FLORIDABLANCA, EN LOS SECTORES INDICADOS POR LA DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE METROLÍNEA S.A.”:
“2.13.4.1 Experiencia General del Proponente.
El proponente deberá demostrar como experiencia general, la acreditación de ejecución de UN (1) contrato, cuyo objeto o alcance contemple la pavimentación y/o rehabilitación y/o mantenimiento y/o mejoramiento de vías. Dentro del desarrollo del contrato se debe demostrar la instalación de mínimo 2.000 m3 de mezcla densa en caliente tipo MDC 2 y/o MDC-3 compactada. El valor del contrato deberá ser igual o superior al presupuesto oficial del presente proceso licitatorio. Se podrá acreditar con acta parcial de obra debidamente diligenciada y aprobada por la Interventoría. La iniciación del mismo debe encontrarse dentro de los últimos DOS (2) años, contados a partir del 1 de Abril de 2010.

“2.13.4.2 Experiencia Específica del Proponente.
El proponente deberá demostrar como experiencia Específica, la acreditación de ejecución de UN (1) contrato, cuyo objeto o alcance contemple la pavimentación y/o rehabilitación y/o mantenimiento y/o mejoramiento de vías urbanas(Ver nota 10). Dentro del desarrollo del contrato se debe demostrar la instalación de mínimo2.500 m3 de mezcla densa en caliente tipo MDC 2 y/o MDC-3 compactada. El valor del contrato deberá ser igual o superior al presupuesto oficial del presente proceso licitatorio. Se podrá acreditar con acta parcial de obra debidamente diligenciada y aprobada por la Interventoría.
La iniciación del mismo debe encontrarse dentro de los últimos DOS (2) años, contados a partir del primero (1) de Abril de 2010.
Con la única finalidad de dar una mayor transparencia al proceso de la referencia y garantizar una mayor concurrencia de oferentes, sugerimos que en los mencionados numerales, se amplíe a tres (3) el número de contratos por certificar, cuya sumatoria debe ser igual o superior al presupuesto oficial del proceso de la referencia. En caso de mantenerse dicho requisito se estaría limitando así el Principio de Contratación Estatal de Selección Objetiva de Contratistas (Art. 24 y 29 Ley 80 de 1993) que en el mencionado numeral, se amplíe la acreditación en por lo menos 3 contratos.



Atentamente,




MARÍA JULIANA ACEBEDO ORDÓÑEZ
Vocera

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