jueves, 13 de septiembre de 2012


Bucaramanga, agosto 30 de 2012

Doctor
CLEMENTE LEÓN OLAYA
Secretario del Infraestructura
Alcaldía de Bucaramanga
Ciudad

REF: LICITACIÓN PÚBLICA SI-LP-003-2012

Cordial saludo,

El Comité TRANSPARENCIA POR SANTANDER, tiene como función principal, ejercer vigilancia a la etapa precontractual de los procesos de contratación pública adelantados por la Gobernación de Santander, Alcaldía de Bucaramanga, Alcaldías del Área Metropolitana de Bucaramanga y demás Entidades que manejen procesos públicos de Contratación.
De acuerdo a lo anterior y en ejercicio de los derechos consagrados en la Constitución Política de Colombia, y dando especial cumplimiento a la Ley 850 de 2003 nos permitimos hacer las siguientes observaciones a la LICITACIÓN PÚBLICA SI-LP-003-2012 cuyo objeto es “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE CONTROL DE EROSIÓN EN EL TALUD SUR ORIENTAL DEL CONJUNTO MONTEMAYOR QUEBRADA LA CACICA BARRIO LA FLORESTA MUNICIPIO DE BUCARAMANGA.”:
PRIMERA:

“3.2.1.1. EXPERIENCIA GENERAL
Los proponentes, personas naturales o jurídicas, consorcios o uniones temporales, deberán acreditar experiencia general en un contrato de obra iniciados, ejecutados y finalizados durante los últimos cinco (05) años contados a partir de la fecha del cierre de la presente convocatoria, cuyo objeto haya sido la construcción de obras civiles, por un valor igual o superior al valor del presupuesto oficial.”

“3.2.1.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA
El proponente deberá demostrar como experiencia especifica en un (1) contrato de obra cuyo objeto o alcance haya sido la estabilidad de taludes, donde se haya construido mínimo un muro en gaviones, donde disco contrato debe haber sido iniciado, ejecutado y terminado en los últimos tres (03) años contados a partir de la fecha del cierre de la presente convocatoria y cuyo valor sea 1.5 veces el valor del presupuesto oficial que cumpla con las siguientes condiciones:
-Que dentro de la ejecución del contrato se haya construido mínimo 600 ml de drenes de penetración
-Que dentro de la ejecución del contrato se haya construido mínimo 600 ml encamisado en perforaciones para anclaje y drenes de penetración.
-Se haya realizado mínimo 4.180 m3 en excavaciones
-Se haya realizado mínimo 2.792 m3 en rellenos en tierra
Los contratos acreditados para la evaluación de la experiencia específica, debe ser totalmente diferente a los presentados en la acreditación de la Experiencia General. “
Con la única finalidad de dar una mayor transparencia al proceso de la referencia y garantizar una mayor concurrencia de oferentes, sugerimos que en el numeral 3.2.1.1., se amplíe a máximos tres (3) el número de contratos terminados y/o liquidados en por lo menos los últimos 10 años cuya sumatoria debe ser igual o superior al presupuesto oficial del proceso de la referencia.
De la misma manera, en el numeral 3.2.1.2., se certifique la experiencia especifica por medio de hasta tres (3) contratos de obra cuyo objeto o alcance haya sido la estabilidad de taludes, donde se haya construido mínimo un muro en gaviones, donde discho contrato debe haber sido iniciado, ejecutado y terminado en los últimos diez (10) años contados a partir de la fecha del cierre del proceso en mención.
Consideramos que los requisitos adicionales exigidos dentro del numeral 3.2.1.2 de Experiencia Específica (texto subrayado), limitan la participación a un grupo muy reducido de posibles oferentes, por lo tanto, solicitamos que sean eliminadas las condiciones específicas
expuestas, garantizando así la pluralidad de oferentes. Los contratos acreditados para la evaluación de la experiencia específica puedan ser los mismos acreditados para la experiencia general, no se encuentra argumento alguno que justifique lo contrario. Si se mantienen estos requisitos adicionales, puede afectar claramente la selección objetiva de contratistas contemplada en el Estatuto de Contratación Estatal. (Art 29 Ley 80 de 1993 y normas concordantes).
SEGUNDA:

"Para que el personal sea considerado, debe anexarse la siguiente documentación para cada uno de estos:
Los profesionales que acrediten título de especialista o superior deberán acreditar la profesión establecida en los pliegos de condiciones, así como la vigencia de la matrícula profesional, el título de especialista o
superior requerida en el presente pliego de condiciones y una experiencia mínima según requerimientos del presente numeral.
Hoja de Vida
El proponente deberá anexar la hoja de vida del profesional debidamente firmada, acompañada de los soportes académicos y laborales. La información consignada en la hoja de vida, debe corresponder con la información contenida en los soportes académicos y laborales allegados, de lo contrario no será válida la experiencia acreditada.”
Respecto a este numeral, sugerimos que sea modificada la Experiencia Especifica del Director y residente de obra, ya que certificaciones iguales o superiores al 300% y 200% respectivamente del presupuesto oficial, son disposiciones de difícil cumplimiento, siendo necesario ajustar estos criterios de experiencia específica, de manera proporcional y razonable a la naturaleza del contrato que se pretende suscribir.
De la misma manera, solicitamos que únicamente sean pedidas las hojas de vida completas del personal mínimo requerido, al proponente que resulte como adjudicatario del proceso de la referencia.

TERCERA:
2.3 IMPUESTOS Y DERECHOS: es importante recordar que ya no es necesaria la publicación de los contratos en el Diario Único de Contratación; estos se publicarán solamente en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública –SECOP según lo dispone el artículo 223 del Decreto 019 de 2012.


MARÍA JULIANA ACEBEDO ORDÓÑEZ
Vocera

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